Volver a verificar o no: Formulario I-9 y residentes permanentes legales

El viernes, 15 de mayo, el Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos (DHS) emitió un aviso aclarando a los empleadores que no pueden volver a verificar a los Residentes Permanentes Legales (LPR) que presentaron pruebas de su estatus de residencia permanente que no había expirado en el momento de la presentación inicial del Formulario I-9, Verificación de Elegibilidad de Empleo, por parte del empleado, independientemente de si expira más tarde. Si bien los empleadores nunca estuvieron obligados a volver a verificar a los LPR, durante mucho tiempo ha faltado una instrucción específica al respecto, lo que ha llevado a muchos profesionales de recursos humanos en Pensilvania y Nueva Jersey a realizar reverificaciones de LPR en violación de la ley federal.

¿Qué es el Formulario I-9?

El Formulario I-9, Verificación de Elegibilidad de Empleo (“Formulario I-9”), se utiliza para:

verificar la identidad y la autorización de empleo de las personas contratadas en los Estados Unidos.” Todos los empleadores en los Estados Unidos deben implementar procedimientos para el uso del Formulario I-9 que aseguren su correcta cumplimentación para cada persona contratada para trabajar en los Estados Unidos, tanto ciudadanos como no ciudadanos.

La ley federal exige a los empleadores “permitir a los empleados elegir qué documento(s) presentarán de las Listas de Documentos Aceptables” que se incluyen con el Formulario I-9. Como señala el DHS M-274, Manual para Empleadores, en la “Sección 1, un LPR puede optar por presentar un documento de la Lista A (como el Formulario I-551, Tarjeta de Residente Permanente, comúnmente conocida como Tarjeta Verde) o una combinación de documentos de la Lista B y C (como una licencia de conducir emitida por el estado y una tarjeta de Seguro Social sin restricciones).”

A los LPR se les emite un Formulario I-551, Tarjeta de Residente Permanente (Tarjeta LPR) como prueba de su estatus de residente permanente. Si una persona es un LPR y presenta una Tarjeta LPR válida al completar el Formulario I-9, la Tarjeta LPR se considera un documento suficiente de la “Lista A”, lo que hace que la verificación del empleador de la identidad y capacidad de trabajo de la persona en los Estados Unidos sea exitosa. Un empleado no necesita presentar ninguna prueba adicional. Las Tarjetas LPR aceptables incluyen:

  • Aquellas emitidas entre enero de 1977 y agosto de 1989 que no tienen fecha de vencimiento;
  • Actualmente no vencidas, pero con fechas de vencimiento de 10 años; y
  • Actualmente no vencidas, pero con fechas de vencimiento de 2 años.

¿Volver a verificar o no volver a verificar?

El aviso del DHS informa que los empleadores que completan exitosamente el proceso de verificación del Formulario I-9 con una Tarjeta LPR que no tenía fecha de vencimiento o que era una Tarjeta LPR de 10 o 2 años que no había expirado en el momento de la verificación, no deben intentar volver a verificar al empleado en el futuro, incluso si la Tarjeta LPR expira más tarde.

Sin embargo, cuando una persona que es LPR presenta lo siguiente a un empleador durante el proceso de verificación del Formulario I-9, es necesario volver a verificar:

  • Tarjeta LPR vencida y Formulario I-797, Notificación de Acción (que se emite cuando una persona solicita renovar una Tarjeta LPR), que indica que la validez de la Tarjeta LPR ha sido extendida. Los empleadores deben considerar estos documentos como pruebas aceptables de la “Lista C”, lo que requiere una nueva verificación al final del período de extensión. Tenga en cuenta que el empleado aún debe presentar un documento válido y no vencido de la “Lista B” para satisfacer la verificación inicial del Formulario I-9.
  • Formulario I-94 o Formulario I-94A, Registro de Entrada/Salida, que contenga un sello I-551 temporal no vencido y una fotografía de la persona. Cuando se presentan, estos documentos son pruebas aceptables de la “Lista A”. Los empleadores deben realizar una nueva verificación a más tardar cuando expire el sello I-551, o un año después de la emisión del Formulario I-94 o Formulario I-94A, Registro de Entrada/Salida, si el registro no indica una fecha de vencimiento.
  • Pasaporte extranjero actual con fotografía y un sello I-551 temporal o una anotación impresa I-551 en una Visa de Inmigrante de Lectura Mecánica. Además, si el pasaporte extranjero actual, en raras ocasiones, está endosado con “CR-1” en lugar de un sello I-551, se le recuerda al empleador que el endoso “CR-1” es el equivalente a un sello I-551. Los empleadores deben realizar una nueva verificación cuando expire el sello I-551 o la anotación impresa I-551 en la Visa de Inmigrante de Lectura Mecánica. Si no hay una fecha de vencimiento indicada, la nueva verificación debe realizarse a más tardar un año después de la fecha en que se estampó el I-551 o se endosó el “CR-1” en el pasaporte extranjero.

Para obtener más información sobre esta publicación de blog o si tiene alguna otra inquietud migratoria, no dude en contactarme en rglahoud@norris-law.com o al (484) 544-0022.

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