La Debida Diligencia en el Cumplimiento Migratorio es Esencial en las Transacciones de Fusiones y Adquisiciones
Muy bien, está a punto de cerrar el acuerdo de adquisición de $50,000,000 que se firmó hace meses. Una empresa de Nueva Jersey está adquiriendo otra empresa de Nueva Jersey. No hay oficinas internacionales. La debida diligencia ha comenzado y concluido. Usted y sus abogados han revisado todo: balances, informes anuales, acuerdos con proveedores, de ventas, de compras y operativos, años de informes de ingresos, gastos y flujo de caja, proyecciones para las próximas décadas. El banco está listo para financiar el trato. Tan cerca, y los formularios regulatorios estatales y federales finales están casi completos y listos para ser presentados.
El teléfono del Comprador suena: "hay un problema de inmigración". El Comprador responde: "¿un problema de inmigración? Somos una empresa de Nueva Jersey comprando una empresa de Nueva Jersey".
El área de debida diligencia más pasada por alto es el cumplimiento migratorio, independientemente de si la adquisición es totalmente nacional o completamente global. A menudo, las fusiones, adquisiciones, desinversiones y empresas conjuntas implicarán:
(i) La transferencia de estatus a nuevos empleadores;
(ii) Presentaciones de cumplimiento para reflejar cambios de nombre, propiedad, dirección, relación corporativa;
(iii) Impacto en empleados con estatus de transferencia intracompany;
(iv) Impacto en la calificación continua para la residencia permanente; y
(v) Solicitudes completamente nuevas de permisos de trabajo para obtener una autorización de trabajo continua.
Con las crecientes medidas de cumplimiento centradas en las responsabilidades migratorias de los empleadores, las transacciones de M&A deben incluir un cumplimiento migratorio detallado como parte de la lista de verificación de debida diligencia. Si el Comprador espera hasta que el acuerdo se haya cerrado para revisar los asuntos de cumplimiento migratorio, es muy probable que se produzcan riesgos sustanciales de sanciones severas. Por ejemplo, el Comprador hereda las violaciones migratorias del Vendedor, junto con un gran riesgo de acciones de cumplimiento a nivel federal. Las licencias y contratos federales, estatales y locales se verán comprometidos. Demandas. Investigaciones. Decenas, si no cientos, de miles en multas.
En todas las transacciones de fusiones y adquisiciones (M&A), el Comprador debe asegurarse de que la transición incluya un proceso de actualización y cumplimiento migratorio del empleador bien ejecutado. La transición debe ser impecable, ya que el más simple, pequeño y menos obvio de los errores pone en riesgo al Comprador.
El componente migratorio en las transacciones de M&A varía según el tipo de acuerdo, las empresas involucradas y los empleados. Los riesgos pueden ir desde mínimos hasta los más complejos, incluyendo adquisiciones de acciones o activos, cambios y actualizaciones de nombres corporativos, reverificación de empleados actuales, una revisión completa en uno o ambos lados de una transacción de M&A, cambios en las fuentes de nómina, recertificación y transferencias de patrocinio para cualquier empleado extranjero ya empleado, reubicación del empleador o del empleado, hasta deshacer un desorden de cumplimiento migratorio que ha resultado de años de procedimientos de cumplimiento migratorio inadecuados.
Cualquier transacción de M&A debe llevar a cabo una debida diligencia en cumplimiento migratorio. Hacerlo proporciona el tiempo para investigar a fondo el cumplimiento migratorio del predecesor antes de cerrar el acuerdo, reduciendo así los riesgos y permitiendo la transición más fluida para todos los empleados, sin enfrentar cientos de miles de dólares en multas.
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