El Tribunal Supremo de Estados Unidos permite seguir adelante con parte de la prohibición de viajar del presidente Trump y estudiará el fondo del asunto

Hoy, el Tribunal Supremo de Estados Unidos ha emitido una orden unánime que levanta parte de la medida cautelar que se había dictado contra la Orden Ejecutiva del presidente Trump del 6 de marzo que establecía la prohibición de viajar a determinadas personas que entraran en Estados Unidos. Esta orden permite al Departamento de Seguridad Nacional y al Departamento de Estado restringir los viajes a Estados Unidos de nacionales de seis países: Libia, Irán, Somalia, Sudán, Siria y Yemen. Los viajes temporales a Estados Unidos desde cualquiera de estos países serán ahora extremadamente limitados.

No obstante, la decisión del Tribunal Supremo no supuso un apoyo total a la prohibición de viajar del presidente Trump. El Tribunal dictaminó que la prohibición podía entrar en vigor contra quienes no tuvieran una "relación de buena fe con una persona o entidad en Estados Unidos." Sin embargo, los nacionales de los seis países incluidos en la lista que podían alegar de forma creíble tales vínculos quedaron exentos por la decisión del Tribunal Supremo. En otras palabras, quienes tengan vínculos familiares o laborales estrechos con Estados Unidos no pueden ser objeto de la prohibición de viajar. De momento no está claro a cuántas personas puede afectar esto.

Además, es importante señalar que la Orden Ejecutiva del 6 de marzo establecía que los nacionales de los seis países afectados que fueran residentes permanentes legales en Estados Unidos o tuvieran visados válidos a 27 de enero de 2017 no estaban sujetos a la prohibición. Por lo tanto, estas personas no se ven afectadas por la sentencia de hoy.

Si bien la orden de hoy levantó parcialmente la medida cautelar que los tribunales inferiores habían puesto en marcha, el Tribunal Supremo no entró en el fondo de la prohibición de viajar. El Tribunal escuchará los argumentos sobre esta cuestión en otoño.

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