For decades, Lahoud Law has led in preserving the rights of individuals and corporations — at each level — from the start of a case, to a trial and, if necessary, throughout the appellate phases.

Lahoud Law Appellate Litigation Practice area includes post-conviction relief (collateral attacks), petitions for review before Federal Circuit Courts, Administrative Appeals before the Board of Immigration Appeals and he Administrative Appeals Office, Motions to Reopen, Motions to Reconsider, Appeals from USCIS Decisions, Deportation Appeals to Appeals before the Supreme Court of the United States of America.

Alivio federal y estatal posterior a la condena: Devolverle la justicia

Cada año, miles de inmigrantes son deportados como resultado de condenas penales en estados de todo el país. A menudo, estos inmigrantes han sido residentes permanentes legales durante décadas. A veces, el Departamento de Seguridad Nacional no comienza los procedimientos de expulsión hasta años después de una condena - causando muchos problemas para las familias inmigrantes.

Afirmar que uno no comete errores en la vida sería incorrecto. A menudo, muchos inmigrantes - tanto legales como ilegales - se declaran culpables, sin saber las consecuencias de esas declaraciones. Muchas veces, sus abogados defensores no aconsejan al inmigrante de las consecuencias de deportación de una declaración. Otras veces, el inmigrante recibe asesoramiento incorrecto sobre las consecuencias de deportación de una declaración de culpabilidad. Incluso hay veces en que un abogado defensor aconseja a un cliente para proceder a juicio y no aceptar un acuerdo que habría hecho que el inmigrante no deportable, sólo después de haber sido declarado culpable en el juicio por un delito deportable. Cuando ocurren estos errores - se está negando la justicia.

If you are an immigrant and have yet to enter a plea, it is important to contact Lahoud Law before you do so. NM’s Attorneys will work with you and your criminal defense counsel throughout plea negotiations, with the hope of working out a plea deal that would not render you deportable.

Even if you have already pled guilty and have been sentenced, your prior mistakes are not the end of your life. There are ways that immigrants facing removal because of current or convictions from years ago can remain in the United States. In addition to defending against deportation before Immigration Court, Lahoud Law Attorneys are known to vigorously fight to vacate underlying convictions that lead to the commencement of removal proceedings against an immigrant.

These motions to vacate convictions are permissible at the federal and state court levels. In federal courts, immigrants, through Lahoud Law Attorneys, have filed and succeeded on direct appeals, habeas petitions (challenging both an underlying conviction and, if an immigrant is detained in immigration custody for a prolonged period of time), motions to vacate guilty pleas, post-conviction relief motions (which are known in New York as 440 Motions and in Pennsylvania and New Jersey as Post-Conviction Relief Motions) and 2255 Motions (in Federal Courts).

Tanto los tribunales federales como los estatales se han referido comúnmente a estas mociones como mociones Padilla, denominándolas así por la Sentencia Padilla contra Kentucky del Tribunal Supremo, en la que el más alto tribunal de Estados Unidos reiteró la obligación de los abogados defensores de asesorar a sus clientes sobre las consecuencias de deportación de una respectiva declaración de culpabilidad.

Las apelaciones federales y estatales basadas en la representación ineficaz con respecto a las consecuencias de deportación de una declaración de culpabilidad son complicadas y requieren la ordenación y revisión de transcripciones, pruebas, archivos de abogados anteriores que se proporcionan, declaraciones del inmigrante y de aquellos que estaban presentes cuando el inmigrante discutió las posibles consecuencias de deportación de una declaración de culpabilidad o cuando el inmigrante entró en la declaración de culpabilidad.

When an immigrant has received ineffective representation with respect to intertwining of criminal and deportation proceedings, action must be swiftly taken by the immigrant and his family. Contact Lahoud Law, PA today.

Tribunales del Circuito Federal

Las reglas del Circuito Federal con respecto a la revisión del Departamento de Seguridad Nacional, la Junta de Apelaciones de Inmigración y las decisiones de Inmigración y Aduanas son muy complicadas y requieren la contratación de un abogado con experiencia en inmigración, deportación y derecho de apelación.

Una petición de revisión es presentada por, o en nombre de, un individuo que busca la revisión de una decisión de la agencia en un tribunal de circuito de apelaciones. En asuntos de inmigración y deportación, una petición de revisión se presenta para obtener la revisión de una decisión de expulsión (y la anterior deportación y exclusión) emitida por la BIA. Además, una petición de revisión puede ser presentada para obtener la revisión de una orden de expulsión emitida por el ICE en virtud de algunas disposiciones específicas muy limitadas de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA).

La sección 242 de la INA, 8 U.S.C. § 1252, promulgada por la Ley de Reforma de la Inmigración Ilegal y Responsabilidad de los Inmigrantes de 1996 (IIRAIRA) y modificada por la Ley REAL ID, contiene la base jurisdiccional para las peticiones de revisión y establece las normas y procedimientos que rigen las peticiones de revisión.

Hay varios Tribunales Federales de Circuito de Apelaciones. Cualquier Petición de Revisión debe ser presentada en el Tribunal de Circuito donde se encuentra el Tribunal de Inmigración que ordenó su expulsión. Por ejemplo, si se ordenó su expulsión en el Tribunal de Inmigración de Nueva York ubicado en Federal Plaza, su Petición de Revisión se presentaría en el Segundo Circuito, que abarca el Sistema de Tribunales de Inmigración de Nueva York. Arriba encontrará un mapa de los circuitos federales.

Los recursos directos ante los tribunales federales en casos de expulsión por condena penal se han eliminado en gran medida, pero no totalmente. Todavía puede presentar una Petición de Revisión si su reclamación es que su condena penal no es un delito susceptible de expulsión o que el gobierno no probó su extranjería. Si se ordenó su expulsión antes del 30 de octubre de 1996, es posible que aún pueda presentar una petición de revisión ante el Tribunal Federal de Circuito con jurisdicción sobre su caso.

Si su caso se refería al asilo, la retención o la Convención contra la Tortura, debe presentar una petición de revisión ante el Tribunal Federal de Circuito del distrito judicial en el que se dictó la resolución del tribunal de inmigración.

Su Petición de Revisión debe ser presentada dentro de los 30 días siguientes a la decisión de la BIA que está apelando.

Lahoud Law has handled Petitions for Review across the United States, including the Second, Third, Fourth and Ninth Circuit Courts of Appeals. This is often, the final stage in one’s deportation proceedings and is, essentially, the final legal (court ordered) remedy that could be provided. It is important that you retain the top attorneys to handle this level of appeal.

Otros tipos de recursos

Detalles del recurso de inmigración

Si su petición o solicitud de inmigración ha sido denegada o revocada por el USCIS o el DOL, puede tener una base válida para una apelación. Por lo general, las apelaciones se permiten cuando la agencia gubernamental cometió un error de hecho o de derecho o cuando existen nuevas pruebas que harían su caso aprobable. Generalmente hay tres vías de apelación: Moción de reapertura, Moción de reconsideración y Apelación. Cuando se deniega una solicitud, el USCIS o el DOL enviarán una notificación al solicitante y describirán qué tipos de apelaciones se permiten para el caso concreto.

Moción de reapertura

Una petición de reapertura se emplea generalmente cuando existen hechos nuevos, condiciones modificadas o circunstancias excepcionales.

Moción de reconsideración

La petición de reconsideración suele emplearse cuando el organismo público ha cometido un error jurídico o se ha producido un cambio en la legislación.

¿Para quién es apropiado un recurso de inmigración?

Cualquier solicitante de una prestación de inmigración cuyo caso haya sido denegado. Generalmente, el Solicitante tiene entre 30 y 33 días para presentar una apelación, pero en ciertos casos se puede conceder tiempo adicional para responder. Si no se apela a tiempo, la decisión es definitiva.

¿Cuáles son los requisitos para presentar un recurso de inmigración?

Con el fin de presentar una apelación de inmigración con éxito, el solicitante debe presentar a tiempo el Formulario I-290B al USCIS o a la AAO o por escrito a BALCA. Todas las apelaciones deben proporcionar una base legal para que la apelación sea sostenida, Cualquier apelación que no exponga una base legal será desestimada sumariamente.

Llame al 1-888-440-4-USA para obtener más información.