Lo que sigue es un breve análisis de los tipos de alivio que un Abogado de Deportación de Norris McLaughlin puede hacer valer en una Audiencia de Calendario Maestro (la primera audiencia del deportado potencial ante el Tribunal de Inmigración). Unas pocas formas potenciales de alivio de deportación incluyen: (1) exenciones de exclusión y deportación; (2) cancelación de expulsión para residentes no permanentes; (3) suspensión de deportación; y (4) asilo y/o retención de expulsión (Convención contra la Tortura).
No debe utilizarse como guía jurídica ni como asesoramiento legal. Más bien, tiene un propósito informativo, y está destinado a exhibir el tipo de trabajo de defensa de deportación que Norris McLaughlin's Immigration Law and Grupo de Defensa de Deportación, con sede en Allentown, Pennsylvania, Bridgewater, Nueva Jersey, y Nueva York, Nueva Yok, toma cada día para cientos de individuos a través de los Estados Unidos.
Exenciones de Excluibilidad y deportabilidad
La Ley de Inmigración y Nacionalidad prevé varios motivos por los que un extranjero puede ser expulsado de los Estados Unidos. motivos por los que un extranjero puede ser expulsado de Estados Unidos. El más frecuente es que el extranjero fuera inadmisible cuando entró en los Estados Unidos. Estados Unidos. La ley contempla un gran número de motivos de expulsión. la ley. También hay muchas exenciones a esos motivos de expulsión que están disponibles. disponibles. El Equipo de Defensa de Deportación de Norris McLaughlin está de guardia todo el día todo el día y toda la noche y siempre está listo para entrar en acción y utilizar sus setenta y cinco setenta y cinco años de experiencia legal combinada para revisar los cargos de removilidad y determinar la renuncia apropiada.
La posibilidad de obtener una dispensa de expulsión depende a menudo la capacidad del extranjero para demostrar las dificultades que sufriría él o sus familiares cercanos familiares cercanos en caso de expulsión de los Estados Unidos.
Por ejemplo, si una persona ha cometido un fraude inocente o fraude intencionado o representación material al obtener algún tipo de beneficio puede acogerse a una exención en virtud del artículo 212(i) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad. Ley de Inmigración y Nacionalidad. Para que un Juez de Inmigración conceda la dispensa, el extranjero Norris McLaughlin Deportation Defense Team debe demostrar que el gobierno no admitir al extranjero en los EE.UU. daría lugar a "dificultades extremas" para la al cónyuge o a los padres del residente legal permanente (LPR) o del ciudadano estadounidense (USC). padres.
Una persona que sea inadmisible por haber cometido determinados delitos puede acogerse a la Sección 2 12(h) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad. Ley de Inmigración y Nacionalidad. En este tipo de casos, el Norris McLaughlin de deportación del extranjero debe demostrar que el hecho de que el gobierno no admita el extranjero en los Estados Unidos daría lugar a "dificultades extremas" a su su cónyuge, padres, hijos o hijas residentes legales o ciudadanos de los Estados Unidos.
Existen exenciones que no requieren la presencia de familiares. familiares. Por ejemplo, la antigua sección 212(c) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad establece que un extranjero admitido legalmente como resi residencia permanente que se desplace temporalmente al extranjero de forma voluntaria y no en virtud de una orden de de deportación, y que regrese a un domicilio legal no reclamado de siete años consecutivos, podrá ser admitido en los Estados Unidos a discreción del Fiscal General a pesar de la aplicabilidad de ciertos motivos de exclusión especificados en la Ley de Inmigración y Nacionalidad.
Esta exención se amplió a los residentes permanentes residentes permanentes legales que no se marcharon al extranjero, pero corrían el riesgo de perder su condición de LPR debido a cargos de deportación o expulsión. Sin embargo, la Sección 212(c) sólo se aplica a los cargos de deportación o expulsión para los que existen motivos comparables de exclusión o inadmisibilidad. motivos comparables de exclusión o inadmisibilidad.
En 1990, se modificó el artículo 212(c) para prohibir que los delincuentes con agravantes solicitar la exención prevista en el artículo 212(c) si habían cumplido una pena de prisión de al menos cinco años. de prisión de al menos cinco años. En 1996, el artículo 212(c) se modificó de nuevo y por la sección 440(d) de la Ley Antiterrorista y redujo aún más la clase de extranjeros con derecho a la exención de expulsión. Esta enmienda hizo que clases de extranjeros no elegibles para el alivio bajo la Sección 212(c): (1) delincuentes (2) los condenados por delitos relacionados con sustancias controladas (3) condenados por delitos con armas de fuego; (4) condenados por ciertos delitos delitos varios, como el espionaje; y (5) los condenados por múltiples CIMT. Más adelante ese año, la Sección 212(c) fue derogada y ahora sólo pueden acogerse a ella los extranjeros independientemente de la fecha en que fueron procesados, si sus condenas fueron se obtuvieron mediante acuerdos de culpabilidad antes del 1 de abril de 1997 y que, a pesar de dichas condenas, hubieran podido acogerse a la excepción 212(c) en el momento en que se declararon culpables.
Para tener derecho a la exención de la sección 212(c) si el después del 24 de abril de 1996, un extranjero debe haber firmado un acuerdo de culpabilidad antes del 1 de abril de 1997, fecha en la que la sección 212(c) fue efectivamente derogada por IIRIRA. Asimismo, el extranjero debe haber mantenido un domicilio legal y no reclamado en los Estados Unidos durante un período de siete años consecutivos. Estados Unidos durante un período de siete años consecutivos. Además, un extranjero que haya sido condenado por un delito grave o delitos graves no es elegible para solicitar la exención prevista en el artículo 212(c).
El Equipo de Defensa de Deportación de Norris McLaughlin también debe establecer que el extranjero merece un ejercicio favorable de la discreción. Cada caso debe ser juzgado por sus propios méritos y factores adversos y positivos son factores adversos y positivos son considerados por el Juez de Inmigración.
Cancelación de expulsión para determinados no residentes
Un Juez de Inmigración o la Junta de Apelaciones de Inmigración) para cancelar la expulsión de Estados Unidos de un residente no permanente que (1) haya estado físicamente presente en Estados Unidos durante un período ininterrumpido de diez años antes de la incoación del procedimiento de expulsión (este requisito no es (este requisito no es aplicable a las personas que hayan servido un mínimo de 24 meses en las Fuerzas Armadas de EE.UU., hayan estado presentes en el territorio de EE.UU. o hayan sido expulsadas). EE.UU., hayan estado presentes en EE.UU. durante su alistamiento o incorporación, y estén sirviendo con honores o haya recibido una baja con honores. Además, continua requiere que el extranjero no puede estar fuera de los Estados Unidos por más de más de 90 días seguidos, o 180 días en total, durante el periodo de diez años. período de diez años); (2) ha sido una persona de buen carácter moral durante diez años; (3) no es no es inadmisible en virtud del artículo 212(a)(2) o (3) (motivos penales y de seguridad) ni deportable en virtud de la Sección 237(a)(1)(G) (fraude matrimonial), la Sección 237(a)(2) (motivos penales), el artículo 237(a)(3) (no inscripción en el registro y falsificación de documentos) o el artículo 237(a)(2) (motivos penales y de seguridad). documentos) o la Sección 237(a)(4) (motivos de seguridad y motivos afines); y (4) cuya (4) cuya expulsión supondría dificultades excepcionales y extremadamente inusuales para el cónyuge, los padres o los hijos del solicitante. cónyuge, padre o hijo del solicitante, que sea ciudadano estadounidense o residente permanente legal. o residente legal permanente.
Probar dificultades excepcionales y extremadamente inusuales es una es una tarea difícil, que requiere la experiencia del Equipo de Defensa de Deportación de Norris McLaughlin, que ha manejado este tipo de casos durante décadas. que ha manejado este tipo de casos por décadas. Norris McLaughlin demostrará que un pariente que califica sufriría dificultades un familiar calificado sufriría dificultades que son sustancialmente diferentes o más allá de lo que normalmente se esperaría de un familiar calificado. que normalmente se espera que resulte de la deportación del extranjero.
Anulación de la expulsión de cónyuges e hijos maltratados
Un extranjero que es inadmisible o deportable de los Estados Unidos Estados Unidos puede optar a la cancelación de la expulsión y al cambio de estatuto de residente legal permanente si él o ella: (1) ha sido maltratado o sometido extrema crueldad por parte de su cónyuge o progenitor que sea o haya sido ciudadano estadounidense o residente legal permanente, o tiene un hijo que haya sido objeto de tales malos tratos; (2) ha estado físicamente presente en Estados Unidos durante un periodo no inferior a de los tres años inmediatamente anteriores a la fecha de dicha solicitud; (3) ha sido una persona de buena conducta moral durante dicho período; (4) no es inadmisible en virtud de determinadas disposiciones de la Ley de Inmigración y Nacionalidad violencia doméstica, y no haya sido condenado por un delito grave; y (5) demuestre que la expulsión supondría dificultades extremas para el extranjero, el hijo o el padre del extranjero. Si se cumplen los requisitos legales Si se establece la elegibilidad estatutaria, la cancelación de la regla especial puede ser concedida en el ejercicio de la discreción.
Las agresiones o la crueldad extrema incluyen, pero no se limitan a cualquier acto o amenaza de acto de violencia, incluida cualquier detención por la fuerza, que provoque o amenace con provocar lesiones físicas o mentales. El abuso o la explotación sexual también se consideran actos de violencia.
El equipo de defensa contra la deportación de Norris McLaughlin presentar pruebas de abuso en casos de este tipo. Las pruebas incluyen informes informes y declaraciones juradas de la policía, jueces y otros funcionarios judiciales médicos, funcionarios escolares, clérigos, trabajadores sociales y otro personal de agencias de de servicios sociales, así como otras formas de pruebas pertinentes creíbles.
Para probar el elemento de dificultad extrema, el Equipo de Defensa de Deportación de Norris McLaughlin hará que el Tribunal considere la edad del menor. Norris McLaughlin hará que el Tribunal considere la edad del solicitante, tanto en el momento de la entrada como en el momento de su solicitud. edad del solicitante, tanto en el momento de la entrada y en el momento de su sus lazos familiares en los Estados Unidos y en el extranjero, la duración de su duración de su residencia en Estados Unidos, su estado de salud y el de su la de sus hijos ciudadanos estadounidenses, las condiciones políticas y económicas condiciones políticas y económicas en el país de expulsión, el impacto financiero de la salida de Estados Unidos, la posibilidad de otros medios de adaptación de la situación en Estados Unidos, su participación y posición en su comunidad local, y su historial de inmigración. Además, los abogados de Norris McLaughlin argumentan que los factores de dificultad extrema relacionados con la agresión o crueldad extrema también deben ser considerados.
Asilo
El asilo es una protección jurídica que un extranjero puede hacer valer, si teme ser perseguido si se le devuelve a su país de origen. país de origen. El asilo se basa en numerosos tratados internacionales y Estados Unidos de América reconoce y concede asilo a través de un juez de inmigración tras una audiencia. Si el juez no considera que un solicitante de asilo corre peligro de persecución, el solicitante de asilo será deportado (expulsado) y devuelto a su país de origen. país de origen. Por supuesto, la decisión del Juez de Inmigración puede ser apelada ante la Junta de Apelaciones de Inmigración. ante la Junta de Apelaciones de Inmigración.
Un extranjero debe tener fundados temores de ser perseguido si se le deporta a su país de origen. extranjero es deportado a su país de origen. Para poder solicitar asilo de asilo, el temor del extranjero debe basarse en al menos uno de los cinco motivos siguientes cinco motivos: (1) Creencia(s) religiosa(s); (2) Opinión(es) política(s); (3) Raza; (4) pertenencia a un grupo social determinado (homosexuales, personas con ciertas enfermedades que no pueden tratarse en el país de origen del extranjero, etc.); y Nacionalidad.
La residencia permanente puede solicitarse si a un extranjero se le concede asilo. Esa solicitud se presenta un año después de la concesión del asilo.
Los abogados de defensa contra la deportación de Norris McLaughlin han manejado cientos de solicitudes de asilo basadas en todo, desde VIH/SIDA homosexualidad a cuestiones de género con respecto a países de todo el mundo.
Retención de expulsión
La retención de expulsión es muy similar al asilo. Sin embargo algunas diferencias. Por ejemplo, si a un extranjero se le concede la retención de expulsión, no puede solicitar la residencia permanente. de expulsión, no puede solicitar la residencia permanente e impide que el Departamento de Departamento de Seguridad Nacional deportar al extranjero al país al que teme regresar. al que teme regresar. Si se le concede la retención de expulsión, el extranjero tiene derecho a una tarjeta de autorización de empleo.
Llame hoy a Norris McLaughlin al (888) 440-4872