Las leyes de inmigración actuales son muy duras, especialmente para quienes tienen antecedentes penales.

Esta sección ofrece una amplia explicación y evolución de las leyes básicas de inmigración, incluidas las bases penales y no penales para la expulsión de Estados Unidos.

Esto, de ninguna manera, incluye todos los temas posibles en la ley de inmigración y no debe interpretarse como asesoramiento jurídico. Esta sección trata únicamente de cuestiones "típicas" de las leyes de inmigración. Usted debe consultar a un abogado de inmigración para obtener una respuesta específica a una pregunta legal.

Lahoud Law’s immigration attorneys are the leading immigration law and deportation defense team and is here in Allentown, Pennsylvania to discuss your specific case facts. Please know that every case is different and what follows is not to be construed as legal advice.

"El juego" - El trasfondo de las leyes de inmigración

Las leyes de inmigración han evolucionado a lo largo de la historia estadounidense y mundial. Uno de los principales objetivos de las leyes de inmigración de Estados Unidos es controlar el número y el tipo de no ciudadanos que pueden estar en el país. Entre otras cosas, estas leyes de inmigración describen conductas que pueden descalificar a los no ciudadanos para obtener permiso de entrada o permanencia en EE.UU. Un mecanismo clave para hacer cumplir la ley a los no ciudadanos que ya están en el país es su deportación. Según la ley, una de las formas en que se justifican estas acciones es cuando se ha determinado que el individuo implicado ha cometido diversos delitos.

Durante la mayor parte de su historia, Estados Unidos ha mantenido leyes de inmigración para controlar qué no ciudadanos pueden estar en el país, por qué razones, durante cuánto tiempo y quién puede convertirse en ciudadano. La Ley de Extranjería de 1798, conocida como Ley de Extranjería y Sedición, facultaba al Presidente para expulsar a cualquier extranjero o no ciudadano que considerase peligroso. Una ley general de inmigración aprobada en 1882 exigía la exclusión de "idiotas, lunáticos, convictos y personas susceptibles de convertirse en cargas públicas". La ley de 1882 también prohibía los inmigrantes chinos. Una ley de inmigración de 1917 estableció un requisito de alfabetización para la admisión en el país.

Establecer la estructura básica de las leyes de inmigración actuales

En 1952, la Ley McCarran-Walter estableció la estructura básica de la ley de inmigración actual, estableciendo procedimientos de deportación, creando un sistema de cuotas basado en la nacionalidad, así como exclusiones detalladas basadas en motivos políticos. Otras modificaciones importantes de las leyes de inmigración se produjeron en 1965, 1980, 1986, 1988, 1990 y 1996. El Congreso vuelve a debatir seriamente importantes revisiones de la inmigración.

"Las normas" - Las leyes de inmigración vigentes

El Congreso crea leyes y políticas de inmigración a través de estatutos. Las principales leyes de inmigración están contenidas en un estatuto conocido como la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA). La INA y sus reglamentos federales relacionados (Título 8 del Código de Reglamentos Federales) cubren las leyes de inmigración que rigen:

  • Quién es inmigrante y quién ciudadano
  • Quién puede entrar en el país desde el extranjero
  • Quién debe tener visado para entrar en el país
  • Cómo se definen y gestionan los visados
  • Cómo se procesa a los inmigrantes
  • Qué inmigrantes pueden ser expulsados del país
  • Qué deben hacer los inmigrantes para mantener su situación legal
  • Cómo pueden los inmigrantes convertirse en residentes permanentes o ciudadanos naturalizados
  • Quién reúne los requisitos para ser refugiado o beneficiario de asilo

"Los actores" - Agencias gubernamentales de inmigración

Departamento de Seguridad Nacional (DHS)

El Departamento de Seguridad Nacional es responsable de proporcionar servicios y prestaciones relacionados con la inmigración, como la naturalización y la autorización de trabajo, así como responsabilidades de investigación y aplicación de las leyes federales de inmigración, aduanas y seguridad aérea.

Servicios de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU. (USCIS)

Creado en 2003 para sustituir al antiguo Servicio de Inmigración y Naturalización, el USCIS es responsable de la administración de las funciones de adjudicación de inmigración y naturalización y de establecer las políticas y prioridades de los servicios de inmigración. Estas funciones incluyen:

  • adjudicación de peticiones de visado de inmigrante;
  • adjudicación de solicitudes de naturalización;
  • la resolución de las solicitudes de asilo y refugio; y
  • adjudicaciones realizadas en los centros de servicio y todas las demás adjudicaciones realizadas por el antiguo INS.
Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de Estados Unidos (USICE o ICE)

Creado en marzo de 2003, el ICE es la mayor rama de investigación del DHS. La agencia se creó tras el 11 de septiembre de 2001, mediante la combinación de las ramas de aplicación de la ley del antiguo Servicio de Inmigración y Naturalización (INS) y del antiguo Servicio de Aduanas de EE.UU., para aplicar más eficazmente las leyes de inmigración y aduanas y proteger a Estados Unidos contra ataques terroristas. El ICE es el organismo competente en materia de detención y expulsión de extranjeros. También es la agencia que representa al gobierno en los tribunales de inmigración.

Aduanas y Protección de Fronteras de Estados Unidos (CBP)

La Oficina de Aduanas y Protección de Fronteras (CBP), dependiente del Departamento de Seguridad Nacional (DHS), es la única agencia unificada de fronteras y puertos de entrada de los Estados Unidos de América. El CBP reúne al Inspector de Aduanas, al Inspector de Inmigración y al Inspector de Agricultura en los puntos de entrada de la nación: fronteras, aeropuertos y puertos marítimos. El CBP trata de facilitar el flujo del comercio y los viajes legítimos a través de los puntos de entrada a los EE.UU., al tiempo que impide la entrada en los EE.UU. de terroristas y otras actividades delictivas.

Oficina Ejecutiva de Revisión de Casos de Inmigración (EOIR)

La EOIR se creó el 9 de enero de 1983, mediante una reorganización interna del Departamento de Justicia (DOJ), que combinó la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA o Junta) con la función de Juez de Inmigración que anteriormente desempeñaba el antiguo Servicio de Inmigración y Naturalización. Además de establecer el EOIR como una agencia separada dentro del DOJ, esta reorganización hizo que los Tribunales de Inmigración fueran independientes del INS (ahora el DHS), la agencia encargada de hacer cumplir las leyes federales de inmigración.

"Los ganadores y los perdedores" - ¿Puedo ser deportado?

Ciudadanos frente a no ciudadanos

Una norma fundamental de las leyes de inmigración de Estados Unidos es que no se aplican a los ciudadanos estadounidenses, ya hayan adquirido la ciudadanía por haber nacido aquí, por haber nacido en otro lugar de padres ciudadanos estadounidenses o por el proceso de naturalización. Independientemente de la forma de obtener la ciudadanía, los ciudadanos no están sujetos a la deportación ni a otras restricciones de nuestras leyes de inmigración.

Esto, por supuesto, significa que todos los no ciudadanos que están físicamente presentes en el país o que buscan beneficios de inmigración como visados de trabajo y de turista y tarjetas verdes o la ciudadanía, están sujetos a estas leyes de inmigración. La violación de las leyes de inmigración conlleva la posibilidad de no poder venir a EE.UU. o de verse obligado a salir del país mediante un proceso de deportación con la posibilidad de no poder regresar nunca legalmente.

Los no ciudadanos están sujetos a deportación independientemente de su:

  • situación de inmigración
  • tiempo de residencia en Estados Unidos
  • existencia de vínculos familiares significativos
  • existencia de un historial laboral estable y pago de impuestos
  • contribuciones a la comunidad

La deportación, por supuesto, puede significar graves dificultades dependiendo de la situación de la persona deportada. Para los titulares de una tarjeta verde, la deportación significa verse obligado a abandonar el camino hacia la ciudadanía. Para quienes carecen de permiso de residencia, la deportación significa la separación indefinida de sus familiares, el abandono de sus raíces y vínculos con la comunidad, e importantes dificultades económicas para sí mismos y para sus familiares. Para algunos condenados por determinados delitos, la deportación significa el destierro permanente de Estados Unidos.

Diferencia entre deportabilidad e inadmisibilidad

Las leyes de inmigración distinguen entre los extranjeros "deportables" y los "inadmisibles". Los extranjeros deportables son aquellos que se encuentran en Estados Unidos pero están sujetos a deportación por haber infringido las leyes de inmigración o las leyes penales de Estados Unidos.

Por otro lado, los extranjeros inadmisibles son aquellos que pretenden entrar en Estados Unidos (en el sentido legal, por ejemplo, solicitando un ajuste de estatus) pero que no son admisibles por diversas razones, como no estar en posesión de un visado válido o debido a una condena penal previa.

Incluso las personas con tarjeta verde que cometen un delito, luego viajan al extranjero y regresan, pueden ser clasificados como extranjeros "inadmisibles", porque a su regreso, serían solicitantes de admisión en Estados Unidos y su condena anterior puede hacerlos "inadmisibles."

Se aplican distintas leyes de inmigración

A los extranjeros "deportables" e "inadmisibles" se les aplican leyes de inmigración diferentes. Los extranjeros deportables están sujetos a la Sección 237 de la INA, mientras que los inadmisibles están sujetos a los motivos de inadmisibilidad recogidos en la Sección 212 de la INA. Hay ciertos motivos de deportación e inadmisibilidad por los que un extranjero puede ser elegible para solicitar una forma de alivio. Sin embargo, no todo el mundo cumple los requisitos para no ser deportado de los Estados Unidos. Haga clic aquí para obtener más información sobre las diversas formas de alivio disponibles para alguien que se enfrenta a la deportación o a un motivo de inadmisibilidad.

¿Quién puede ser deportado? - Clases de extranjeros deportables

La deportación (también llamada "expulsión") se produce cuando el gobierno federal expulsa formalmente a un extranjero de Estados Unidos por infringir una serie de leyes de inmigración o penales. El estatuto de inmigración enumera una serie de tipos de actividades que pueden hacer a uno "deportable". Las principales se refieren a infracciones de inmigración, actividades relacionadas con la seguridad nacional y el terrorismo, e infracciones penales.

Cualquier extranjero que se encuentre en Estados Unidos puede ser objeto de deportación o expulsión si

  • Es un extranjero inadmisible según las leyes de inmigración vigentes en el momento de la entrada en EE.UU. o del cambio de estatuto de no inmigrante (INA § 237(a)(1)(A)) (véase INA § 212(a) para los motivos de inadmisibilidad);
  • Se encuentra en Estados Unidos infringiendo la Ley de Inmigración y Nacionalidad o cualquier otra ley estadounidense;
  • Violó la condición de no inmigrante o una condición de entrada en EE.UU. (INA § 237(a)(1)(C));
  • Finalizó una residencia permanente condicional (INA § 237(a)(1)(D));
  • Alentó o ayudó a cualquier otro extranjero a entrar ilegalmente en Estados Unidos (es decir, contrabando de extranjeros) (INA § 237(a)(1)(E));
  • Ha cometido fraude matrimonial para ser admitido en EE.UU. (INA § 237(a)(1)(G));
  • Ha sido condenado por determinados delitos (incluidos delitos de drogas, delitos graves y delitos que entrañen vileza moral) (INA § 237(a)(2));
  • No se registró o falsificó documentos relativos a la entrada en EE.UU. (INA § 237(a)(3));
  • Participar en cualquier actividad que ponga en peligro la seguridad pública o cree un riesgo para la seguridad nacional (INA § 237(a)(4) y INA § 237(a)(5); o
  • Participar en votaciones ilegales (INA § 237(a)(6)).
[No se trata de una lista exhaustiva de motivos de deportación. Véase INA § 237(a) para conocer el texto exacto de todos los motivos de deportación].

El primer problema creado por estas categorías es que algunas de estas amplias categorías no son sencillas y a menudo requieren un análisis detallado por parte de un profesional con experiencia en leyes de inmigración para determinar si una persona ha infringido alguna ley de inmigración.

Un segundo problema es que ciertas palabras clave y frases, como "vileza moral", aunque generalmente se refieren a delitos que implican deshonestidad, inmoralidad o violencia, no están definidas en las leyes de inmigración. Como resultado, la cuestión de qué condenas penales implican un acto de vileza moral ha sido determinada por decisiones judiciales y depende en gran medida de los hechos. El análisis de estos delitos es además complejo porque la legislación de inmigración de Estados Unidos exige generalmente que los delitos que impliquen "vileza moral" se hayan cometido en los cinco años anteriores a la llegada a Estados Unidos e impliquen una posible condena de al menos un año (INA § 237(a)(2)(A)(i)).

Así que, en ciertos casos, no sólo hay que decidir si un determinado delito es de "vileza moral", sino también si se cometió en los cinco años siguientes a la entrada o después. Las respuestas a estas preguntas a menudo determinan si alguien es deportable pero elegible para el alivio, o no deportable en absoluto.

Delitos graves - Su peor enemigo

Aunque un extranjero puede ser deportado por una serie de infracciones que van desde una simple violación de las normas de inmigración hasta condenas penales graves, el motivo de deportación más grave e implacable es el delito con agravante, recogido en INA § 237(a)(2)(A)(iii).

La definición de delito con agravante ha cambiado a lo largo de los años y promete evolucionar a medida que las leyes de inmigración se endurezcan.

Los extranjeros condenados por un delito con agravante pueden quedar excluidos permanentemente de cualquier medida de alivio de la deportación, fianza durante los procedimientos de inmigración como resultado de INA § 236 (c), que somete a los delincuentes con agravantes a detención obligatoria, y ciertas formas de revisión judicial.

El delito con agravante se define en las leyes de inmigración en INA § 101(a)(43).

¿Qué significa una condena por un delito con agravantes?

La gravedad de ser clasificado como delincuente con agravantes va mucho más allá del estigma que conlleva esa etiqueta: puede significar el exilio permanente de Estados Unidos sin posibilidad de retorno legal. Otras consecuencias son:

Inelegible para detener la deportación.

Muchos otros delitos susceptibles de deportación permiten a los no ciudadanos solicitar "dispensas" o excepciones a la deportación. Pero no hay excepciones para los delincuentes con agravantes.

Imposibilidad de solicitar otro estatuto de inmigración legal.

Muchas personas con otras infracciones, incluidas algunas infracciones penales que les hacen deportables, siguen teniendo derecho a solicitar asilo, la residencia legal permanente (tarjeta verde) y otras vías para obtener un estatus legal recogidas en la INA si cumplen otros requisitos. Los delincuentes con agravantes están excluidos de casi todas las disposiciones de la ley que les permitirían legalizar su situación o conservar la situación legal existente, como la tarjeta verde. Los extranjeros condenados por delitos con agravantes después del 29 de noviembre de 1990 también tienen prohibido de forma permanente convertirse en ciudadanos naturalizados, ya que, en virtud del artículo 101(f) de la INA, no pueden demostrar "buena conducta moral".

Garantía de detención.

Los delincuentes con agravantes, además de varios otros tipos de no ciudadanos, entran dentro de las disposiciones de "detención obligatoria" de la INA enumeradas en INA § 236(c). Esto significa que la mayoría de los delincuentes con agravantes serán detenidos hasta que el DHS pueda llevar a cabo su deportación. El Tribunal Supremo ha confirmado la constitucionalidad del artículo 236(c) de la INA.

Menos acceso a los tribunales de inmigración.

En su mayor parte, los no ciudadanos sólo pueden ser deportados después de que un Juez de Inmigración lleve a cabo una audiencia y firme una "orden de expulsión (deportación)". Sin embargo, la INA permite al DHS deportar a delincuentes con agravantes que no sean titulares de una tarjeta verde "administrativamente", es decir, deportar al delincuente con agravantes en virtud de las normas y reglamentos de la agencia sin tener que llevar el caso ante un Juez de Inmigración para permitir que el extranjero alegue su caso.

Menos acceso a los tribunales federales de apelación.

Los delincuentes con agravantes se encuentran entre un grupo de no ciudadanos deportables que tienen menos derechos legales para solicitar que un juez federal oiga su caso en apelación. Sin embargo, aún pueden presentar reclamaciones relacionadas con cuestiones legales y constitucionales.

Expulsión permanente de EE.UU.

La mayoría de los no ciudadanos que son expulsados de EE.UU. no pueden solicitar el regreso legal al país durante un periodo de 5 a 20 años, dependiendo de sus circunstancias. Pero los delincuentes con agravantes están inhabilitados permanentemente para regresar a Estados Unidos por cualquier motivo.

Delitos de vileza moral

Con la excepción de un delito agravado, el otro motivo más común de deportación es una condena por un delito que implique vileza moral. Aunque la INA no define lo que constituye un delito que implique vileza moral, por lo general, estos delitos implican ofensas relacionadas con la deshonestidad, el robo y la moralidad.

Curiosamente, a diferencia del delito con agravante, que sólo es motivo de deportación, una condena por un delito que implique vileza moral es a la vez motivo de deportación (INA § 237(a)(2)(A)(i)) y motivo de inadmisibilidad (INA § 212(a)(2)(A)(i)(I)). Así pues, un extranjero presente en Estados Unidos puede ser deportado por una condena de este tipo o un extranjero que solicite la admisión en Estados Unidos puede ser inadmitido por dicha condena.

¿Quién es inadmisible? - Clases de extranjeros no admisibles

Como ya se ha explicado, existe una diferencia legal entre ser deportable y ser inadmisible. Un titular de una tarjeta verde, por ejemplo, puede ser inadmisible a su regreso a Estados Unidos si viaja al extranjero tras haber sido condenado por un determinado delito. Sin embargo, al igual que los extranjeros deportables, los inadmisibles pueden acogerse a exenciones discrecionales.

¿Quién es inadmisible? Las siguientes clases de extranjeros son inadmisibles y, por tanto, no pueden recibir un visado ni ser admitidos en Estados Unidos:

  • Extranjero con una enfermedad transmisible de importancia para la salud pública, incluido el SIDA (INA § 212(a)(1));
  • Condenado por un delito que implique vileza moral (INA § 212(a)(2)(A)(i)).
  • Condenado por múltiples delitos, independientemente de si la condena se produjo en un único juicio o de si los delitos se derivaron de un único plan de mala conducta e independientemente de si los delitos implicaron vileza moral, y cuando el período total de reclusión fue superior a cinco años (INA § 212(a)(2)(B);
  • Traficante de sustancias controladas (INA § 212(a)(2)(C));
  • Venir a Estados Unidos únicamente para ejercer la prostitución u otro vicio comercial (INA § 212(a)(2)(D));
  • Extranjeros que suponen un riesgo para la seguridad (INA § 212(a)(3)(A));
  • Es terrorista o ha participado en actividades terroristas (INA § 212(a)(3)(B));
  • Participantes en la persecución o el genocidio nazi (INA § 212(a)(3)(E));
  • Extranjero considerado carga pública (INA § 212(a)(4));
  • Extranjeros presentes sin haber sido inspeccionados o puestos en libertad condicional (INA § 212(a)(6)(A));
  • Extranjeros que intentan obtener un beneficio de inmigración mediante fraude o tergiversación (INA § 212(a)(6)(C));
  • Contrabandistas de extranjeros (INA § 212(a)(6)(E));
  • Inmigrantes y no inmigrantes que no estén en posesión de un documento de entrada válido (INA § 212(a)(7));
  • Extranjeros que fueron expulsados anteriormente de Estados Unidos (INA § 212(a)(9));
  • Polígamos (INA § 212(a)(10)(A)); y/o
  • Votantes ilegales (INA § 212(a)(10)(D)).

¿Puedo salvarme? - Alivio de la deportación y expulsión

Ahora que usted está mejor familiarizado con las leyes básicas de inmigración y puede ser capaz de ver si alguna de estas cuestiones se refieren a usted, póngase en contacto con nosotros para obtener más información. Estamos bien equipados para servir a cada asunto de inmigración o deportación - independientemente de la complejidad de la situación se presenta.

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